Una de las dudas más importantes sobre tu retiro en México se resume en cuatro palabras: Ley 73 vs Ley 97. De qué lado caes determina cómo se calcula tu pensión del IMSS, cuánto control tienes sobre tu dinero y qué estrategias te convienen. Y muchas personas no saben bajo cuál régimen están, lo que puede costarles miles de pesos en decisiones equivocadas.

En este comparativo te explicamos la diferencia entre la pensión por Ley 73 y la cuenta individual de la Ley 97, cómo saber cuál te aplica y qué cambia en la práctica para tu bolsillo.

En este artículo

La fecha que lo decide todo: 1 de julio de 1997

El parteaguas es sencillo. Si cotizaste por primera vez ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997, tienes derecho a elegir pensionarte bajo la Ley 73. Si empezaste a cotizar en esa fecha o después, te rige forzosamente la Ley 97. No importa cuántos años lleves ni tu edad actual: lo que cuenta es cuándo diste de alta tu primer empleo formal.

Puedes verificar tu fecha de primera cotización y tus semanas registradas gratis en el portal del IMSS con tu CURP y número de seguridad social. Es el primer paso antes de planear cualquier estrategia de retiro.

Cómo se calcula la pensión en cada ley

Ley 73: pensión de beneficio definido

Tu pensión la paga el gobierno y se calcula con una fórmula basada en dos elementos: el promedio de tu salario de las últimas 250 semanas (unos 5 años) y el total de semanas cotizadas, con un mínimo de 500 semanas. Es una pensión vitalicia y predecible. Aquí es donde la Modalidad 40 del IMSS se vuelve tan valiosa, porque te permite subir ese promedio salarial en los años finales.

Ley 97: cuenta individual

Tu pensión depende de cuánto dinero logres acumular en tu cuenta individual de Afore: las aportaciones de patrón, gobierno y trabajador, más los rendimientos, más tus aportaciones voluntarias. No hay fórmula garantizada; lo que juntes es lo que tendrás. Por eso, elegir bien tu administradora y aportar de más es determinante.

Ley 73 vs Ley 97: comparativo directo

Aspecto Ley 73 Ley 97
¿A quién aplica? Primer alta antes del 1/jul/1997 Primer alta desde el 1/jul/1997
Cómo se calcula Promedio salarial + semanas Saldo acumulado en la Afore
Quién paga El gobierno (IMSS) Tu propia cuenta individual
Semanas mínimas 500 semanas Escala creciente por reforma 2020
Palanca clave Modalidad 40 Aportaciones voluntarias y buena Afore

¿Cuál conviene más?

No es que una sea “mejor”: son sistemas distintos y tú no eliges libremente entre ellos, te toca uno según tu fecha de alta. Lo que sí puedes hacer es aprovechar al máximo el que te corresponde.

Fortalezas de Ley 73
  • Pensión vitalicia y más predecible.
  • Puede resultar muy generosa con buena estrategia salarial.
  • La Modalidad 40 puede multiplicarla.
Fortalezas de Ley 97
  • El dinero es tuyo y heredable.
  • Puedes potenciarla con ahorro voluntario y buenos rendimientos.
  • Portabilidad total entre empleos.

Qué hacer según tu caso

Si estás en Ley 73, tu prioridad es maximizar el promedio de las últimas 250 semanas y asegurar tus 500 semanas mínimas; ahí entra la Modalidad 40. Si estás en Ley 97, tu misión es elegir la mejor Afore por rendimiento neto y comisión y sumar dinero con aportaciones voluntarias. En ambos casos, un Plan Personal de Retiro deducible es un excelente complemento fiscal, y conviene calcular cuánto necesitas ahorrar para el retiro. Más temas en inversiones.

¿Puedo elegir entre Ley 73 y Ley 97?
No libremente. El régimen lo define tu fecha de primera cotización. Solo quienes empezaron antes del 1 de julio de 1997 tienen el derecho de la Ley 73; los demás quedan en la Ley 97.
¿Cómo sé bajo qué ley estoy?
Revisa tu fecha de primer alta ante el IMSS. Puedes consultarla con tu número de seguridad social y CURP en el portal del instituto. Si esa fecha es anterior al 1/jul/1997, eres candidato a Ley 73.
En Ley 97, ¿qué pasa si no me alcanzan las semanas?
La reforma de 2020 fijó una escala de semanas mínimas que sube gradualmente. Si no las cumples, puedes recibir la pensión garantizada mínima si reúnes los requisitos, o retirar el saldo de tu cuenta.
¿La cuenta de Afore de Ley 97 es heredable?
Sí. A diferencia de la pensión de Ley 73, el saldo de tu cuenta individual forma parte de tu patrimonio y puede pasar a tus beneficiarios designados si falleces antes de agotarlo.

En resumen

El debate Ley 73 vs Ley 97 no se gana eligiendo: se gana entendiendo cuál te tocó y exprimiéndolo. Verifica tu fecha de primera cotización, identifica tu régimen y aplica la estrategia correcta —Modalidad 40 para la 73, mejor Afore y ahorro voluntario para la 97—. Sumar un PPR encima blinda tu retiro sin importar de qué lado del 1997 hayas caído.

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Equipo editorial especializado en finanzas personales, tarjetas de crédito y productos bancarios.

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